Cómo leer etiquetas

El etiquetado nutrimental de productos comestibles y bebidas procesadas en México, está regulado por la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, en la cual se indica que la declaración nutrimental de los productos preenvasados es obligatoria. Esta se debe colocar en la parte posterior del empaque y tiene que incluir: contenido energético, cantidad de proteínas, cantidad de hidratos de carbono (indicando la cantidad correspondiente de azúcares), cantidad de grasas (especificando cantidades de grasa saturada), cantidad de fibra dietética y sodio, así como la cantidad de algún nutriente sobre el cual se haga una declaración o se considere importante. La declaración sobre el contenido energético y de macronutrimentos para todos los alimentos y bebidas no alcohólicas, debe expresarse ya sea en KJ (Kcal) por 100 g, por 100 ml o por porción en envases que contengan varias porciones o por envase. 

 

 

Las etiquetas de los alimentos deben tener las siguientes menciones obligatorias: 

  • Denominación del alimento.
  • La lista de ingredientes: en la que se deben incluir todos los ingredientes del alimento, en orden decreciente de peso, según se incorporen en el momento de su uso para fabricación del alimento. Aquí es donde encontraremos los distintos aditivos alimentarios que se han añadido en su elaboración, siendo los primeros los de más abundancia dentro del producto y los últimos los de menos proporción.
  • Ingredientes o coadyuvantes tecnológicos que causen alergias y se utilicen en la fabricación o elaboración de alimentos. ej. puede contener trazas de cacahuate (porque durante el proceso esa misma maquinaria se podría haber usado en procesos con cacahuate). 
  • La cantidad neta del alimento.
  • Fecha de caducidad o consumo preferente.
  • Las condiciones especiales de conservación y las condiciones de utilización. ej: manténgase en refrigeración. 
  • El nombre o la razón social y la dirección del operador de la empresa alimentaria.
  • El modo de empleo en caso de que en ausencia de esta información fuera difícil hacer uso adecuado del alimento. 
  • En las bebidas que tengan más de un 1,2% en volumen de alcohol, se debe especificar el grado alcoholico volumetrico adquirido. 

 

Equipo de investigación y editorial iNat México.

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